¿Las cartas informativas remitidas por correo ordinario tienen valor de notificación? ¿Y cuál es su contenido?
Esas cartas son meramente informativas. No tienen valor ni efectos de notificación formal para el cómputo de plazo para recurrir.
En las primeras cartas que remite (por correo ordinario) el Catastro a los propietarios con el título "Nuevo Valor Catastral (efectos 2018)", tan sólo les informa comparativamente de cuáles son los valores catastrales actuales y cuáles los nuevos valores fruto de la revisión realizada, al igual que cuál es el importe de la cuota de IBI actual y cuál será la cuota en el próximo año.
Si el destinatario de dicha carta es titular de varios inmuebles, los datos facilitados se muestran agregados globalmente (no separados para cada finca) de forma que no es posible conocer en esa carta inicial cuál ha sido la variación producida en cada inmueble.